Código ético
Representantes Sindicales
Legalidad, responsabilidad, transparencia e integridad
PREÁMBULO
El presente Código Ético tiene como finalidad regular el uso responsable, transparente e íntegro del crédito sindical u horas sindicales. Su objetivo es garantizar que este crédito/horas se destinen exclusivamente a la representación, defensa y apoyo de los derechos laborales de las personas trabajadoras afiliadas y/o representadas.
Este código se fundamenta en los valores de legalidad, responsabilidad, transparencia e integridad, que deben guiar la actuación de las personas representantes sindicales.
PRINCIPIOS GENERALES
Artículo 1. Principios Éticos
El uso de horas sindicales se regirá por los siguientes principios:
- Legalidad: Cumplimiento estricto de la legislación laboral vigente, Estatuto de los Trabajadores y convenios colectivos aplicables.
- Responsabilidad: Empleo de horas sindicales únicamente en actividades relacionadas con la función representativa.
- Transparencia: Documentación clara y accesible de todas las actividades realizadas.
- Integridad: Actuar con honestidad, respeto y rectitud, evitando conflictos de interés.
USO ADECUADO DE LAS HORAS SINDICALES
Artículo 2. Destino de las horas sindicales
Las horas sindicales deberán destinarse exclusivamente a actividades directamente vinculadas a la representación de las personas afiliados, incluyendo:
- Negociación y representación ante la empresa o administración.
- Asesoramiento y atención a personas trabajadoras y afiliadas.
- Participación en comités, reuniones y comisiones de trabajo.
- Formación sindical orientada a mejorar competencias representativas.
Artículo 3. Prohibiciones
Queda expresamente prohibido utilizar el crédito/horas sindicales para:
- Actividades personales, políticas, comerciales o ajenas a la función sindical.
- Beneficio privado o partidista.
TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS
Artículo 4. Documentación de actividades
Cada representante deberá registrar con precisión:
- La finalidad de cada actividad.
- Los destinatarios o beneficiarios.
- El tiempo empleado en cada acción.
Artículo 5. Información a las personas afiliadas
Las personas afiliadas tendrán derecho a recibir información sobre el uso de horas sindicales de sus representantes en la empresa.
La transparencia es un mecanismo clave para garantizar la confianza y la correcta gestión.
INTEGRIDAD Y RELACIONES
Artículo 6. Comportamiento ético
Los representantes deberán actuar siempre con respeto, equidad y profesionalidad. Se fomentará el diálogo constructivo, la colaboración y la resolución ética de conflictos.
Artículo 7. Conflictos de interés
Los representantes deben evitar cualquier situación que comprometa su imparcialidad o eficacia en la defensa de los intereses de las personas afiliadas.
CUMPLIMIENTO Y CONTROL
Artículo 8. Compromiso de los representantes
Todos los miembros que dispongan de crédito/horas sindicales se comprometen a:
- Cumplir este Código Ético en todas sus actuaciones.
- Velar por el correcto uso de los recursos y tiempos sindicales.
- Informar y rendir cuentas a las personas afiliadas de manera clara y transparente.
- Promover una cultura de ética, respeto e integridad dentro del sindicato.
Artículo 9. Supervisión y control
La organización sindical podrá establecer mecanismos de control y supervisión para verificar el uso correcto de las horas sindicales, incluyendo la revisión periódica de registros y actividades.
Artículo 10. Sanciones
El uso indebido de horas sindicales podrá dar lugar a medidas correctivas, que incluirán:
a) Amonestación escrita.
b) Suspensión temporal de derechos de representación.
c) Otras medidas previstas en los estatutos del sindicato y normativa aplicable.
