DELTA – Inspección de Trabajo realiza diversos requerimientos

18 marzo 2021

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha realizado diversos requerimientos a la empresa Delta Seguridad SA.

Tras la denuncia por parte de la Sección Sindical de nuestra organización en ese organismo público, ha quedado demostrado el incumplimiento de aspectos de vital importancia para los trabajadores.

Incumplimientos cometidos por la empresa

Han quedado acreditados los siguientes incumplimientos por la empresa:

  • La empresa no computa el tiempo invertido por los trabajadores para la entrega del teléfono del servicio.
  • No se realiza registro de la jornada conforme a lo previsto en el RD 8/2019.
  • Los trabajadores vienen recibiendo órdenes y llamadas por parte de mandos
    intermedios de la empresa a cualquier hora o día de la semana incumpliendo lo
    previsto en el artículo 20bis del Estatuto de los trabajadores.

Requerimientos por la Inspección de trabajo

Tras las comprobaciones practicadas por la Inspectora actuante, se establecen tres (3) requerimientos de obligado cumplimiento por la empresa demandada.

1. Recogida de material y/o elementos de trabajo

Elaboración de un procedimiento para regular la recogida y entrega del teléfono móvil por parte de los trabajadores del servicio de protección de víctimas de violencia de género, al inicio y término de su jornada, teniéndose en cuenta que, en todo caso, el tiempo invertido en esta tarea tiene la consideración de tiempo de trabajo y como tal ha de computarse en la jornada de los empleados. El procedimiento, que deberá fijarse por escrito, deberá difundirse entre todo el personal.
PLAZO: de manera inmediata.

2. Regístro de jornada objetivo y fiable

En consonancia con lo anterior, se realizará un registro de la jornada en cumplimiento de lo previsto en el artículo 34.9 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en el que quede reflejado, de manera objetiva y fiable, el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora.

Asimismo, estos registros estarán a disposición de los trabajadores y de sus representantes. Esta permanencia a disposición, ante la ausencia de referencia expresa y por motivos de seguridad jurídica, debe interpretarse en el sentido de que no implica la obligación de entrega de copias, salvo que así lo disponga un convenio colectivo o exista pacto expreso en contrario, pero debe facilitar su consulta personal y por parte de los representantes legales de los trabajadores.
PLAZO: de manera inmediata.

3. Desconexión digital

se requiere a la empresa la elaboración, previa audiencia de los representantes de los trabajadores, de una política interna que recoja las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión y las acciones de formación y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga informática.

Para ello es recomendable la elaboración de un manual, código o protocolo de utilización de los dispositivos digitales de la empresa puestos a disposición de sus empleados, expresado por parte de los trabajadores la recepción de los mismos, de manera que la persona del trabajador pueda conocer debidamente los límites o no sobre la utilización de los medios digitales que le han sido facilitados por la compañía, distinguiendo en todo momento cuando existe uso empresarial y uso privado.
PLAZO: 3 meses.

“Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar.

Art. 88 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales

Es vital que los trabajadores informen a sus representantes sobre los incumplimientos que pudiera estar cometiendo la empresa. Tanto las Secciones Sindicales como la propia organización sindical estará ahí para velar por los derechos de todas las personas trabajadoras.

Parte del informe con los requerimientos realizados:

Requerimiento-IT-Desconexióndigital-Relevos-y- otros

Deja tu comentario

Forma parte de nuestro colectivo y reivindica tus derechos

Entradas relacionadas
Obligatoriedad de Chalecos y ampliación de Medios

Obligatoriedad de Chalecos y ampliación de Medios

La creciente violencia y el incremento de personas armadas en espacios públicos exigen medidas inmediatas para proteger al personal de seguridad privada. Desde el sindicato CISPE, hacemos un llamamiento a la obligatoriedad del uso de chalecos anti-corte y la necesidad...

leer más
Renta 2023 – Desde el 10 de abril al 28 de junio

Renta 2023 – Desde el 10 de abril al 28 de junio

La campaña Renta 2023 ha comenzado siendo este el momento en el que todas las personas contribuyentes debemos realizar la declaración sobre la Renta y Patrimonio, en Bizkaia será desde el 10 de abril hasta el 28 de junio. Por nuestra parte ya hemos presentado la...

leer más
La Importancia de los Chalecos de Protección

La Importancia de los Chalecos de Protección

En el ámbito de la seguridad privada, la protección del personal es de suma importancia. Uno de los elementos clave para garantizar la seguridad de los Operadores de Seguridad Privada es el uso de chalecos de protección, en especial y como mínimo los de protección al...

leer más

Correo electrónico

info@cispe.es
secretaria@cispe.es

}

Horario

Lunes a Jueves
09:00h - 14:00h / 15:00h - 17:00h
Viernes 09:00h - 14:00h

Teléfono

94 695 94 04