Los pluses de transporte pasarán a ser cotizables en los Convenios Colectivos, afectando al Convenio Estatal de Seguridad Privada.
El Ministerio de Empleo a través del Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores Medidas, publicado en el BOE del pasado sábado 21 de diciembre, ha aprobado una nueva subida en las cotizaciones tanto para los trabajadores como para las empresas.
Anteriormente se decretó que el plus de vestuario cotizase a la Seguridad Social, y con este nuevo Decreto-Ley ya no queda ningún concepto salarial o extra salarial sin cotizar, tanto en el Convenio Colectivo de Seguridad como a cualquier otro Convenio Colectivo que tuviera conceptos iguales o parecidos.
A continuación te adjuntamos BOE con el Decreto Ley:
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