La trampa del 1 de enero: Liquidada la Revisión Salarial

22 abril 2026

En CISPE seguimos desgranando el nuevo Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad Privada 2026-2030. Tras nuestro análisis definitivo, hemos detectado una maniobra jurídica que ha pasado desapercibida para la mayoría, pero que tiene una consecuencia económica directa sobre tu nómina: el adelanto de la entrada en vigor al 1 de enero de 2026 ha servido para liquidar tu derecho a la revisión salarial del convenio anterior.

No es un error de redacción. Es una estrategia deliberada que merece ser explicada con claridad.

📜 ¿Qué decía el convenio anterior sobre la revisión salarial?

El Convenio Colectivo 2023-2026, que tenía vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, incluía una cláusula de revisión salarial vinculada al IPC. Su funcionamiento era el siguiente:

  • El convenio pactaba un incremento salarial acumulado del 16% para los cuatro años de vigencia (2023-2026).
  • Al finalizar el periodo, se comparaba ese 16% con el IPC real acumulado durante esos mismos cuatro años.
  • Si el IPC real superaba el 16%, se aplicaba un incremento adicional a los salarios, con un límite máximo del 2%.
  • Ese incremento adicional se consolidaba en las tablas salariales y se abonaba a los trabajadores.

En resumen: era un mecanismo de garantía parcial para que los salarios no perdieran demasiado poder adquisitivo frente a la inflación.

📅 La maniobra: adelantar la entrada en vigor al 1 de enero de 2026

El nuevo convenio (2026-2030) se firmó el 27 de enero de 2026 y se publicó en el BOE el 8 de abril de 2026. Sin embargo, su artículo sobre entrada en vigor establece lo siguiente:

«El presente convenio colectivo entrará en vigor el día 1 de enero de 2026, con independencia de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.»

Es decir, el nuevo convenio se aplica retroactivamente desde una fecha anterior a su propia firma.

¿Qué implica esto? Que el convenio anterior (2023-2026) dejó de estar vigente el 1 de enero de 2026, un año antes de su fecha de finalización natural (31 de diciembre de 2026).

⚖️ La consecuencia jurídica: la cláusula de revisión salarial nunca se activará

Para que la cláusula de revisión salarial del convenio 2023-2026 pudiera aplicarse, era necesario que dicho convenio siguiera vigente hasta el final del periodo de cálculo (31 de diciembre de 2026). Solo así se podría medir el IPC real acumulado de los cuatro años y compararlo con el 16% pactado.

Al adelantar la entrada en vigor del nuevo convenio al 1 de enero de 2026, los firmantes han conseguido:

  1. Desplazar íntegramente el convenio anterior antes de que finalizara su vigencia natural.
  2. Impedir el cálculo del IPC real del periodo 2023-2026, porque el convenio que contenía esa obligación ya no está en vigor.
  3. Eludir el pago de cualquier cantidad adicional que pudiera derivarse de la revisión salarial.

El nuevo convenio no contiene ninguna disposición que salvaguarde o garantice el derecho a la revisión salarial del convenio precedente. Simplemente, lo ignora y establece su propia cláusula de revisión, que se aplicará al final de su vigencia, en 2030.

💡 ¿Error técnico o estrategia deliberada?

Resulta difícil creer que una fecha tan concreta y con consecuencias tan evidentes sea fruto de un descuido. Estamos ante una decisión consciente de los negociadores para ahorrar a las empresas un coste salarial cierto, trasladando esa pérdida directamente a los trabajadores.

El adelanto de la entrada en vigor no es una cuestión menor. Es la llave jurídica que ha permitido liquidar un derecho económico que los trabajadores tenían consolidado por el convenio anterior.

🔍 Un matiz que no exculpa

Es importante aportar un dato que refuerza nuestra denuncia. Según las proyecciones del IPC, la inflación acumulada en el periodo 2023-2026 se situará en torno al 12,6%, claramente por debajo del 16% de subida salarial pactada. Es decir, la cláusula de revisión salarial probablemente no se habría activado de todos modos.

Este dato podría invitar a pensar que la maniobra de adelantar la entrada en vigor fue «inocua». Nada más lejos de la realidad. Lo que demuestra es que los firmantes eliminaron un derecho de los trabajadores sin que existiera una necesidad económica real para las empresas. Fue una decisión preventiva, un «por si acaso», que revela una forma de negociar basada en cercenar derechos aunque no cuesten dinero.

El precedente es gravísimo: la próxima vez que la inflación sea alta, ya saben cómo hacer para esquivar sus obligaciones. Y los trabajadores, mientras tanto, ven cómo les arrebatan incluso aquello que no iban a cobrar.

🛡️ La postura de CISPE

En CISPE denunciamos esta maniobra como lo que es: una nueva muestra de que los firmantes del convenio han priorizado los intereses de la patronal sobre los de los trabajadores. Han utilizado la técnica legislativa para esquivar una obligación salarial que, por derecho, te correspondía.

Seguiremos vigilantes y seguiremos informándote sin filtros. Porque tu nómina no es negociable.


📎 Para profundizar

Puedes consultar nuestro Análisis definitivo del Convenio 2026-2030, donde desglosamos punto por punto todas las carencias y trampas de este acuerdo,

Categoría: Noticias

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