Permiso Individual de Formación (PIF): Qué es y cómo solicitarlo

12 junio 2026

¿Qué es?

El Permiso Individual de Formación (PIF) es un derecho que permite a cualquier trabajador/a solicitar a la empresa horas dentro de su jornada laboral para formarse, siempre que esa formación conduzca a una titulación o acreditación oficial (FP, certificados de profesionalidad, titulaciones universitarias propias, o procesos de acreditación de la experiencia laboral).

La clave está en que no supone un coste para la empresa: tanto el salario de esas horas como las cotizaciones a la Seguridad Social quedan bonificadas, es decir, se descuentan de lo que la empresa paga normalmente a la Seguridad Social.

Requisitos de la formación

• Debe estar reconocida mediante titulación oficial, acreditación oficial, certificado de profesionalidad o título universitario propio. • Puede ser para desarrollo profesional o personal. • Modalidad presencial (puede incluir el desplazamiento si coincide con horario laboral). • No puede ser una formación que ya ofrezca la empresa, ni puede usarse para permisos de examen. • Límite: 200 horas por permiso y año/curso académico.

Cómo solicitarlo

1. Pide a la empresa el modelo de solicitud de autorización.
2. Rellena la solicitud especificando objeto de la formación, titulación que se obtiene, horas y distribución.
3. La empresa debe responder. Si deniega, tiene que motivarlo por razones organizativas o de producción.
4. Si hay desacuerdo, existe un procedimiento de mediación (discrepancias con la RLT) que puede acabar en un examen ante la Comisión Estatal de Formación Profesional para el Empleo.

Antes de iniciar el permiso, la empresa está obligada a informar a la RLT. El informe de la RLT puede ser favorable, desfavorable o no emitirse:

• Si es favorable o no se emite, la formación puede comenzar.
• Si es desfavorable, se abre un plazo de 15 días para resolver discrepancias entre empresa y RLT. Si no hay acuerdo, se eleva un acta de discrepancias en 10 días, que puede acabar en un examen de la Comisión Paritaria Sectorial.

Desde CISPE podemos:

• Informarte sobre si tu formación cumple los requisitos para acceder al PIF. • Ayudarte a preparar la solicitud. • Actuar como RLT para revisar y, si procede, emitir el informe correspondiente ante la empresa. • Acompañarte si la empresa deniega el permiso sin justificación adecuada.

Importante

El crédito disponible para PIF depende del tamaño de la plantilla de la empresa y de si ha consumido o no su crédito de formación anual. No tener “crédito” no significa que la empresa pueda denegar el permiso sin motivo: las razones de denegación deben ser organizativas o productivas, nunca arbitrarias.

¿Tienes dudas sobre tu situación concreta? Contacta con CISPE: secretaria@cispe.es | 94 695 94 04

Categoría: Noticias

Etiquetado: Convenio, PIF, Sindicato

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