Permisos Retribuidos: Cómputo en turnos de 12 horas

4 junio 2026

El pasado 18 de abril de 2026 se publicó en el BOE el nuevo Convenio Colectivo Estatal de Seguridad Privada. Desde CISPE ya os advertimos en nuestro análisis definitivo que este texto esconde trampas que las empresas están usando para rascarle horas al trabajador a costa de sus derechos más básicos.

Una de las consultas más repetidas en nuestra asesoría jurídica estos días es: «Tengo un turno programado de 12 horas, pido un permiso retribuido y la empresa me dice que solo me computa 7,48 horas. ¿Me pueden obligar a devolver la diferencia?»

La respuesta de los profesionales que estamos a pie de servicio es clara y rotunda: NO. Es ilegal y es una estafa encubierta. Aquí te desglosamos los fundamentos jurídicos para que no te falte ni un euro en nómina ni una hora en tu descanso.

El truco matemático de los «despachos» frente a la realidad del servicio

El artículo 7.a) del nuevo Convenio introduce un módulo de homogeneización para las licencias retribuidas. Para jornadas superiores a 8 horas, establece una fórmula teórica que da como resultado 7,487 horas por día de permiso.

Las empresas de seguridad —expertas en barrer para casa— intentan aplicar esta cifra a rajatabla. Si tu cuadrante reflejaba un turno firmado de 12 horas y la empresa solo te apunta 7,48 horas, te están generando un déficit artificial de 4,51 horas en tu cómputo mensual. ¿El resultado? Te pretenden quitar un día libre para «devolverle» esas horas a la empresa.

La cláusula del Convenio que las empresas «olvidan» leer

Vienen aplicado el recuadro matemático pero omiten deliberadamente la frase de control que blinda al Vigilante de Seguridad. El propio artículo 7.a) del texto del convenio dicta de forma taxativa:

«…sin que dicho cómputo pueda, en ningún caso, originar déficit de jornada.»

La expresión «en ningún caso» es un límite legal absoluto. Si la aplicación de la fórmula matemática genérica de las 7,48 horas te genera un saldo negativo en el mes respecto a lo que tenías que trabajar, esa fórmula queda anulada automáticamente.

Los fundamentos jurídicos: El «Efecto Neutral»

La jurisprudencia de la Audiencia Nacional (como la histórica Sentencia 30/2020) y la doctrina del Tribunal Supremo son muy claras respecto al disfrute de licencias y permisos en el sector de la seguridad privada:

  1. Principio de Neutralidad: El ejercicio de un derecho laboral o un permiso legal nunca puede suponer un perjuicio para el trabajador. Tener que devolver horas por haber tenido un permiso retribuido vulnera frontalmente este principio.
  2. Prevalencia del Cuadrante: Si el cuadrante ya estaba publicado y firmado, tu jornada ordinaria pactada para ese día era de 12 horas. Al concederse el permiso, quedas exonerado de trabajar toda la jornada completa. Por tanto, el permiso extingue las 12 horas íntegras del cuadrante.

¿Qué debes hacer si te meten horas en negativo?

No te quedes de brazos cruzados. En CISPE no somos gestores de despacho alejados de la operativa; somos vigilantes en activo que defendemos a profesionales. Si ves que en tu cómputo mensual te han recortado horas por un permiso:

  • Paso 1: Guarda y fotocopia el cuadrante original firmado donde aparezca tu turno de 12 horas asignado para ese día.
  • Paso 2: No firmes ningún cómputo mensual que te deje saldo negativo por este motivo.
  • Paso 3: Ponte en contacto inmediato con nuestra Asesoría Jurídica Especializada.

En CISPE nos financiamos exclusivamente con las cuotas de nuestros afiliados. No respondemos ante partidos políticos ni patronales, solo ante ti. Si te están intentando trampear las horas de tus permisos, afíliate y defenderemos tu caso.

Categoría: Noticias

Etiquetado: Convenio, Sindicato

Forma parte de nuestro colectivo y reivindica tus derechos

Entradas relacionadas
Huelga 15 de Octubre 2025

Huelga 15 de Octubre 2025

Con motivo de la huelga general convocada por las organizaciones sindicales CCOO y UGT para el próximo 15 de Octubre recordamos las principales...

leer más