El Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación que presentó la Federación de Servicios Públicos de UGT (FSP-UGT) contra la sentencia de la Audiencia Nacional sobre los servicios mínimos en la seguridad privada decretados por Interior para la huelga general del 29 de marzo de 2012.
El Supremo ha anulado dicho fallo y ha estimado plenamente el recurso de UGT por la falta de justificación de la esencialidad de los servicios de seguridad privada en hospitales, juzgados y tribunales y dependencias de la Administración Pública y la ausencia de motivación de los porcentajes de servicios mínimos fijados por el Ministerio del Interior.
En concreto, para la huelga general del 29 de marzo, se determinaron unos servicios mínimos de entre el 50% y el 100% para el personal de seguridad privada adscrito a servicios considerados esenciales por el Gobierno, para lo que había tenido en cuenta la «amenaza constante» de atentados terroristas y la insuficiencia de recursos en el ámbito de la seguridad pública.
Así, Interior consideraba servicios esenciales las denominadas «infraestructuras críticas», como el transporte, la energía, la salud, la información y las telecomunicaciones, y la alimentación y las finanzas, y se defendía un nivel básico de actividad en la prestación del servicio de seguridad privada en hospitales, juzgados, tribunales y dependencias de las administraciones públicas.


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